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Locus apellationis

Locus apellationis

Locus apellationis - CatedralEn el pórtico occidental de la Catedral, entre las puertas de San Juan y del Juicio Final nos encontramos con un pequeño fuste conocido como Locus Appellacionis o Appellationis.
Se trata de una pequeña estructura arquitectónica, situada entre dos pilares, destinada a cobijar un fuste cilíndrico de mármol, cuyas medidas aproximadas son 125 cm. de altura y 31 de semicircunferencia (es decir, un perímetro aproximado de 62 cm.). Las características del conjunto que envuelve el fuste marmóreo son las mismas que las de la arquitectura y demás elementos ornamentales góticos del momento. Por lo tanto, su cronología se correspondería con la de la realización del conjunto en el que se ubica.
Pero la parte más interesante, y de ahí le viene el nombre, es el fuste de mármol que acabamos de describir, puesto que en el aparece grabada la inscripción Locus Appellationis (lugar de la apelación), así como las armas de Castilla y de León. Lógicamente, de ese fuste únicamente podemos ver la mitad externa, pero un deterioro en la parte inferior de la estructura que lo cobija nos permite comprobar que en realidad se trata de un cilindro.
Resulta evidente que existe un interés, por parte de los promotores de esta obra, por la conservación y protección del fuste. El hecho de que se trate de una pieza de mármol nos induce a pensar que se trata de un elemento reaprovechado, pues no es muy común en estas tierras de la península el uso de este material durante los siglos del gótico y tampoco del románico. Se trataría, posiblemente de un elemento prerrománico, tal vez del siglo X, momento en el que fue muy común la utilización de este material para los fustes de las columnas, de reducido tamaño, como puede ser el que nos ocupa. Estos fustes, en muchas ocasiones, eran, a su vez, materiales reaprovechados de una edificación de época romana, que serían reutilizados tanto en época visigoda como durante el siglo X. Estamos, por lo tanto, ante una valorización de un objeto por su antigüedad o trascendencia histórica.
Nos restaría ahora referirnos a la ubicación del Locus con anterioridad a la actual; bien podría haber sido la anterior -o anteriores- sedes catedralicias; la basílica de San Isidoro o el complejo palaciego regio; interrogantes para los que, por el momento, no parece posible plantear una solución.
locus appellationisLa inscripción es otro elemento muy interesante y que nos plantea algunos interrogantes difíciles de resolver y para los que los expertos en epigrafía no han dado una solución que pueda ser considerada más o menos definitiva. Tradicionalmente se ha propuesto como cronología el siglo XI, adelantándola incluso al siglo X. Se trata de una escritura en mayúscula visigótica; sin embargo, parece que presenta también algunos rasgos más propios de la escritura carolina, lo que podría retrasar la fecha hasta el siglo XII. No es éste un aspecto en el que nosotros podamos pronunciarnos, pero en todo caso parece que, sin duda, sería anterior a la ubicación definitiva del Locus en el espacio que ocupa en la actualidad.
La superficie sobre la que se inscribe el término Appellacionis ha sufrido un intento de eliminación, en una fecha sin determinar; aún así permite apreciar con claridad que el término allí grabado es appellacionis y no appellationis, tal y como se puede escuchar en algunas ocasiones. No podemos saber si existía una inscripción anterior, que pudo haber sido eliminada para agregar la palabra appellacionis; si así fuese, se podría haber intentado mantener una grafía similar a la original, pero con una clara evolución hacia las formas netamente carolinas. El tipo de grabado de la epigrafía es radicalmente distinto, sobre todo por la profundidad, al de las armas de Castilla y de León; éstas podrían haber sido incorporadas en el momento en el que se realiza el conjunto del pórtico. Nos encontraríamos, pues, ante una pieza de excepcional valor, que habría adquirido su forma actual en, al menos, tres estadios diferentes, lo que es una buena muestra del interés y valor que se le otorgaba en el momento de su ubicación, en el lugar que ahora ocupa.
Llegados a este punto es el momento de plantearse la cuestión de la finalidad del Locus; mucho es lo que se ha especulado a este respecto, aquí nos limitaremos a reseñar lo ya señalado por otros especialistas más cualificados en la materia. Lógicamente es necesario volver sobre la inscripción, pues lo que nos indicaría es que ése es el lugar ante el que se realizaban las apelaciones judiciales.
Sabido es que León es la cuna europea de los derechos populares, ya desde la alta Edad Media el pueblo encontró en su legislación los entes precisos para defender su personalidad; en 1017 se dictó el Fuero de León, verdadera carta magna que inspiró todas las legislaciones posteriores en este sentido. Desde varios siglos antes del XIII y siempre en el atrio de la catedral se frecuentaban asambleas con intervención del pueblo para celebrar «juicios de apelación o de alzada», la sentencia era promulgada por cuatro jueces, cada uno de ellos representaba al Rey, la Nobleza, la iglesia y al Pueblo, con arreglo al Fuero Juzgo y al aludido Fuero de León. También en este lugar se reunían los Concejos y se legalizaban contratos.
Precisamente a esta serie de sucesos se refiere el pilar que señalamos y que se encuentra acompañado al fondo del arco por un relieve que efigia a un monarca sentado sobre un trono, ataviado con los atributos propios de su condición, tal y como podemos encontrar en numerosas representaciones de la época,  entronizado presidiendo las apelaciones, evocador del rey justo por excelencia, Salomón. Se dispone en el tímpano de la lanceta cobijado bajo un dosel con su cetro sentado sobre el sillón de Salomón, simboliza la justicia regia como espejo de la justicia de dios.
Rey locus appellationis
Con carácter rememorativo de los pretéritos juicios de apelación se esculpió en el siglo XV una alegoría de la justicia que observamos en la puerta de San Juan. Porta los atributos propios de su misión, la balanza y la espada con la hoja en alto y en la que se puede leer en latín: Justitia est uniquique dare quod suum est , es decir «Justicia es dar a cada uno lo suyo», procedente del derecho romano.
Imagen de la justicia Catedral de León Imagen de la justicia Catedral de León - detalle
En este lugar, repartía justicia el llamado Tribunal del Libro. Este tribunal especial, netamente leonés, sentenciaba los pleitos utilizando el Liber Iudiciorium, la ley promulgada por Recaredo, luego Fuero Juzgo , del que se sabe que existieron copias romanceadas en leonés y en gallego. Era una reminiscencia del Derecho visigodo, pero continuó teniendo vigencia en León más allá de Alfonso X. Estaba presidido por un eclesiástico asistido por varios jueces ordinarios: atendía pleitos en primera instancia, y en apelación de la corte regia, lo que le dotaba de una extraordinaria importancia.

Locus apellationis - detalle

En la actualidad durante la Semana Santa y ante el Locus Appellationis se realiza el Acto del Perdón, donde cada martes santo es liberado un preso. Allí acude la Cofradía del mismo nombre y el Abad hace proclama de la Solicitud de indulto para el condenado, respondiéndole el Alcalde de la ciudad dando lectura al decreto de indulto; seguidamente el indultado se suma al desfile procesional, como un hermano más, desde el recinto del Seminario Mayor; a la salida de este centro el penado ya en libertad es recibido con gran júbilo y es presentado a las autoridades y representantes de las Cofradías presentes.

Fuente: https://e-spania.revues.org

5 respuestas a «Locus apellationis»

El grabado de las armas de León y de Castilla deben de ser muy posteriores, pues las armas de Castilla se crean en el siglo XIII por la mujer de Alfonso VIII de Castilla cuando León tenía otros reyes, Fernando II y Alfonso IX el de las cortes. Como poco será de la época de la construcción de la Catedral en época de Fernando III o de Alfonso X «el sabio» o quizá sea más reciente, pero seguramente que no es original porque resultaría anacrónico.

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